En el marco de la conmemoración del Día Mundial del Medio Ambiente, el Concejo recuerda el contenido de la Ordenanza Nº 3108, la cual tiene por objeto “garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que tenga en su poder el Estado Municipal, así como establecer un mecanismo para su cumplimiento y promover la participación ciudadana”.
La norma fue aprobada en junio de 2023 y en su artículo Nº 2 dispone que la información que se brinde debe ser completa, veraz, adecuada y oportuna.
También se detallan los temas e informes que deben ser publicados, más allá de todo lo previsto por normas superiores:
-Saneamiento del predio actual de tratamiento de residuos sólidos urbanos;
-Concreción del nuevo Complejo Ambiental;
-Recolección diferenciada en origen y otras acciones que aporten al objetivo de ampliar y mejorar la capacidad de gestión de residuos del Municipio;
-Resultados de controles y/o mediciones en aire, agua y suelo realizados por la Municipalidad, organismos o particulares en los que recaiga la obligación de informar, empresas e industrias de cualquier tipo, que se encuentren ubicadas dentro de los límites del Distrito de Sunchales;
-Habilitación y seguimiento a emprendimientos o empresas que requieran aprobación de organismos competentes para su funcionamiento;
-Informes periódicos producidos por el Consejo Consultivo Ambiental, en el marco de sus funciones establecidas por la Ordenanza Nº 3040; -Informes periódicos del Observatorio Ambiental y su correspondiente análisis, además de toda información que el mismo produzca en el cumplimiento de los objetivos definidos en la Ordenanza citada en el inciso precedente;
-Toda otra información que se produzca y se considere de interés para la ciudadanía. De cada punto deben especificarse acciones, recursos, cronograma, resultados y acciones correctivas, de corresponder.
El material debe publicarse en la página web oficial de la Municipalidad de Sunchales, en un apartado destinado a tal fin. En el mismo deben incluirse además las políticas, planes, programas y acciones referidas a la gestión ambiental general, brindando la mayor difusión posible para facilitar el acceso por parte de la ciudadanía.
La publicación de la información debe hacerse en formatos que permitan a la población disponerla, replicarla, analizarla, utilizarla y enriquecerla.
Desde el Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría correspondiente, se debe enviar al Concejo informes trimestrales sobre la gestión y la situación ambiental, además de un análisis y evaluación de las medidas implementadas y a implementarse.